RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 012-2007-SA
Lima, 27 de setiembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 7º de la Constitución Política del Perú concordado con el numeral III del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que toda persona tiene derecho a la protección de su salud;
Que, el artículo 238º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que los administrados tienen derecho a ser indemnizados por las entidades, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que el perjuicio sea consecuencia del funcionamiento de la administración;
Que, el Ministerio de Salud ha informado que a doña Judith Rosana Rivero Díaz, se le ha ocasionado un daño en su salud, producido en un centro hospitalario del sector, al haber sido infectada con el virus VIH en un procedimiento asistencial de transfusión sanguínea; correspondiendo al Estado compensar pecuniariamente en forma oportuna a dicha paciente, sin perjuicio de las prestaciones de salud a las que tiene acceso gratuito;
Que, en tal sentido, resulta necesario dictar disposiciones destinadas a otorgar una satisfacción económica a la referida ciudadana por parte del Ministerio de Salud, para lo cual la transacción extrajudicial regulada por el Código Civil es el instrumento idóneo a través del cual se materializará la compensación pecuniaria;
Que, sin perjuicio de la autorización que esta Resolución Suprema determina, se debe establecer las responsabilidades administrativas, civiles y penales que hayan originado el daño en la salud de doña Judith Rosana Rivera Díaz;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Ley Nº 26842, Ley General de Salud y de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE
Artículo 1º.- Transacción Extrajudicial
Autorizase la transacción Extrajudicial entre el Estado Peruano y doña Judith Rosana Rivera Díaz, pro el daño ocasionado a su salud en un establecimiento del Ministerio de Salud, mediante el pago a la misma de la suma de S/. 300,000.00 (Trescientos Mil y 00/100 Nuevos Soles).
Artículo 2º.- Autorización de Suscripción
Autorizase al Ministro de Salud para que en nombre del Estado Peruano, suscriba un acuerdo de Transacción Extrajudicial con doña Judith Rosana Rivera Díaz, por la suma fijada en el artículo precedente.
Artículo 3.- Acciones de Determinación de Responsabilidades
El Ministerio de Salud, dispondrá y ejecutará las acciones que conllevan a determinar y sancionar las responsabilidades administrativas, civiles y penales que correspondan por el perjuicio a la salud de la ciudadana Judith Rosana Rivera Díaz.
Artículo 4.- Refrendo
La presenta Resolución Suprema será refrendada por el Ministerio de Salud y la Ministra de Justicia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN
Ministro de Salud
MARÍA ZAVALA VALLADARES
Ministra de Justicia
114292-17
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