Escrito por Manuela Ramos el 14 septiembre 2011

Feministas por la vida


Jennie Dador
Directora Manuela Ramos

Manuela Ramos es una organización social sin fines de lucro, feminista, que trabaja desde hace 33 años por la vida, la libertad y la autonomía de las mujeres peruanas. Para cumplir sus fines aplica a fondos concursables de las distintas agencias de la cooperación internacional. El destino de los fondos y el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos en los proyectos están sujetos a auditorías anuales institucionales, de las agencias y también de la APCI (Agencia Peruana de Cooperación Internacional).

Manuela Ramos no promueve una agenda internacional en el país, aunque es cierto que las mujeres del mundo estamos todas “en-red-adas” luchando contra la opresión y subordinación de lo femenino. Sin embargo, son las altas autoridades de la iglesia católica, de manera especial el señor Cipriani, quienes pretenden regir la vida de las mujeres peruanas de acuerdo con las normas de un Estado extranjero, como es el caso del Vaticano.

Hay una tremenda confusión cuando se toca el tema del aborto terapéutico, por eso se hace necesario distinguir que:

a) El aborto terapéutico es aquel que se practica cuando es el único medio para salvar la vida o evitar un daño grave y permanente en la salud de la gestante. Debe ser practicado por un médico/a con autorización de la gestante, es decir, la mujer decide.
b) Es el único caso de aborto no punible en nuestra legislación (artículo 119 del Código Penal), desde 1924.
c) El aborto no es un asesinato. El Código Penal protege la vida en sus distintos estadíos con diferentes penas, es decir, que admite la progresividad del bien jurídico tutelado “vida”. Por eso para los casos de aborto la pena máxima para la mujeres es de 2 años; mientras que para el infanticidio o el homicidio del recién nacido que comete una mujer durante el puerperio es no mayor de 4 años; y para los casos de homicidio es de 6 a 20 años.

El protocolo o guía de pasos es una necesidad para las mujeres que califican a este tipo de aborto y una garantía para las/os profesionales que deben prestar el servicio. Asimismo, es importante que sea incluido en las coberturas de salud, para garantizar que todas las mujeres, al margen de su nivel socio económico, ámbito geográfico o pertenencia étnica, tengan el acceso garantizado. O sea, es también un tema de inclusión social.

El principio de laicidad del Estado es una garantía de las democracias modernas. El Estado debe ser imparcial en sus normas y políticas: ni religioso, ni ateo, ni agnóstico. En ese sentido, las autoridades de las más de diez religiones que existen en el país, cualquiera que sea el credo al que representan, tienen derecho a opinar y dirigirse a su feligresía, y será cada mujer quien decida desde sus motivaciones internas qué hace o qué no hace, si peca o no; que no es lo mismo que delinquir. Es deber del Estado perseguir delincuentes y no pecadoras; aunque hay muchos que todavía no distinguen y creen que se trata de lo mismo.

Y si bien hoy la discusión gira en torno al aborto terapéutico, aspiro a que en nuestro país el aborto se despenalice y ninguna mujer tenga que morir en el intento o ir a la cárcel.

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